La temporada de impuestos 2023, ya inició y los contribuyentes que aun no han presentado su declaración de impuestos del año 2022, deben estar ultimando detalles para hacerlo lo antes possible, ya que tienen oportunidad hasta el 18 de abril.
En tal sentido, el Servicio de Rentas Internas (IRS), señala varios cambios en créditos y deducciones que las personas deben tomar en cuenta a la hora preparar la declaración de impuestos 2022.
Evite errores e imprecisiones
En 2022, no hubo Pagos de Impacto Económico (EIP) por lo que las personas no deben esperar un pago adicional en su reembolso de impuestos de 2023.
Sin embargo, los contribuyentes tienen la opción de verificar si califican para la elegibilidad ampliada temporalmente del Premium Tax Credit , un crédito reembolsable que ayuda a las personas y familias a cubrir las primas de su seguro médico comprado a través del Mercado de Seguros Médicos.
Créditos que vuelven a los montos vigentes en 2019
Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC): los contribuyentes elegibles sin hijos recibirán ahora $560 para el año fiscal 2022.
Crédito Tributario por Hijos (CTC): para el año fiscal 2022 las personas elegibles obtendrán $2,000 por dependiente.
Crédito por Cuidado de niños y dependientes: en 2022, retorna al monto de $2,100.
Contribuciones caritativas: para los contribuyentes que no detallan y toman la deducción estándar, en 2022, no podrán hacer deducciones por este concepto.
Presentación de Informes 1099-K
Recordemos que en diciembre pasado, el IRS anunció que el año tributario 2022, sería considerado un año de transición para que las organizaciones de pagos de terceros (TPSO) informen a la Agencia, mediante el Formulario 1099-K, de las transacciones de la red de terceros pagadas en 2022, de cualquier contribuyente que exceda el umbral mínimo de $600 en pagos totales, independientemente de la cantidad de transacciones.
Esto quiere decir que el umbral actual de $20,000 en pagos de más de 200 transacciones al año seguirá vigente.
Este aplazamiento facilitará las acciones que deben llevar a cabo tanto los beneficiarios participantes como las TPSO para cumplir con este requisito fiscal.
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Nuestra recomendación
En Liberta Accounting nos hacemos eco de los lineamientos dados por el IRS, entre otros, tener a mano toda la documentación necesaria para respaldar su declaración; revisarla cuidadosamente y corregir cualquier error y ponerse en contacto con el pagador; si el Número de IdentificaciónPersonal del Contribuyente (ITIN) está vencido, debe renovarlo. Para todos estos trámites puede contar con nuestra asesoría, somos especialistas en materia tributaria y de finanzas. Llame o visítenos!
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